Se informa sobre la existencia del canal externo de información mediante el
cual pueden remitir información a la AINPI de forma confidencial o anónima sobre asuntos irregulares o
reportar acciones poco éticas, ilegales o que infrinjan la normativa europea o constituyan infracción
penal o administrativa grave o muy grave.
Toda persona física podrá informar ante la Autoridad Independiente de Protección del
Informante, A.A.I.
(Inicio - proteccioninformante.es) de la comisión
de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el
ámbito de aplicación de la ley 2/23, ya sea directamente o previa comunicación a través del
correspondiente canal interno (se recuerda a los informantes que el sistema interno de
información de la
entidad es el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas
en el artículo 2
de la ley 2/23, siempre que se pueda tratar de manera efectiva la infracción y si el denunciante
considera que no hay riesgo de represalia.)
Canales de presentación de informaciones en el siguiente enlace: Canales
de presentación de informaciones - proteccioninformante.es
https://www.proteccioninformante.gob.es/canales-de-presentacion-de-informaciones
Creando nuevo
caso | Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
Igualmente dispone de una guía para proceder a informar en el siguiente enlace:
Autoridad
Independiente de Protección del Informante, A.A.I. Sistema de comunicaciones | Guía para
informar.
Acceda al siguiente enlace: Información sobre otros Canales Externos de Información - proteccioninformante.es.