Canal de Información Externo
Información sobre la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AINPI) y otros canales externos para comunicar infracciones.
Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (AINPI)
Se informa sobre la existencia del canal externo de información mediante el cual pueden remitir información a la AINPI de forma confidencial o anónima sobre asuntos irregulares o reportar acciones poco éticas, ilegales o que infrinjan la normativa europea o constituyan infracción penal o administrativa grave o muy grave.
Toda persona física podrá informar ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (Inicio - proteccioninformante.es) de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la ley 2/23, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno (se recuerda a los informantes que el sistema interno de información de la entidad es el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas en el artículo 2 de la ley 2/23, siempre que se pueda tratar de manera efectiva la infracción y si el denunciante considera que no hay riesgo de represalia.)
Canales de presentación de informaciones en el siguiente enlace: Canales de presentación de informaciones - proteccioninformante.es
Creando nuevo caso | Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
Igualmente dispone de una guía para proceder a informar en el siguiente enlace: Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. Sistema de comunicaciones | Guía para informar.
Información sobre otros Canales Externos de Información:
Acceda al siguiente enlace: Información sobre otros Canales Externos de Información - proteccioninformante.es.